Hoy es 4 de octubre
ALICANTE. El director deportivo del Hércules, Carmelo del Pozo, anunciaba este jueves que el club había decidido poner fin a la vinculación contractual que le unía a los futbolistas Yeray González y Borja Martínez, en el caso del primero hasta junio de 2022 y en el del segundo hasta el mismo mes del año siguiente.
El técnico segoviano explicaba que el Hércules había ejercido una cláusula que figuraba en ambos contratos y que permitía a ambas partes rescindirlos de manera unilateral en caso de descenso.
Del Pozo le trasladó a los jugadores y sus respectivos agentes la tarde del miércoles una decisión que en el caso del extremo alicantino no solo no fue bien recibida, es que los servicios jurídicos de su agencia de representación entienden que ha sido objeto de un despido improcedente: la citada cláusula hace referencia al supuesto de "descenso a Tercera División" y que, en ese caso, "ambas partes pueden rescindir unilateralmente el contrato sin posibilidad de exigir contraprestación alguna" a la contraria. El club sostiene que se ha cumplido el citado supuesto, que cabe considerar a la Segunda RFEF la Tercera División, pero desde la parte del jugador no solo entienden lo contrario, es que recuerdan que el conjunto blanquiazul "viene de jugar la fase de ascenso a Primera RFEF y no la de descenso". Es decir, que el Hércules "no ha ascendido (lo hicieron Cornellà y Llagostera en su grupo), pero tampoco ha descendido" y si va a competir en la campaña 2021/22 en el cuarto escalón del fútbol español es solo "porque la Real Federación Española de Fútbol ha creado la Primera RFEF", una categoría por encima de la antes llamada Segunda B y ahora Segunda RFEF.
El asunto parece condenado a resolverse en un juzgado, teniendo en cuenta que la postura del Hércules es firme y que el jugador tiene decidido demandar (antes de que se sustancie la demanda habrá una nueva oportunidad para solucionar el entuerto de manera amistosa en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación). Si la demanda fuera estimada, el club tendría la opción de elegir entre la readmisión de Borja (con el pago de todos los salarios atrasados) o indemnizarle (pagarle lo que le hubiese correspondido percibir en las campañas 2021/22 y 2022/23).
Fichaje de 2019
Borja Martínez recaló en el club del Rico Pérez hace dos veranos; lo hizo procedente del Elche, después de rechazar ofertas que mejoraban en lo económico a la blanquiazul (especialmente una del Cartagena). El entonces director deportivo, Javier Portillo, apostó con fuerza por el extremo, pero solo unos meses después, aprovechando el mercado de invierno, salía cedido al Ibiza (que también le había pretendido meses antes). Lo hizo después de ofrecer un rendimiento bastante irregular (jugó 20 partidos oficiales y anotó tres goles), dentro del pobre nivel mostrado por un equipo que eludió el descenso a Tercera en los despachos (ahí sí que no hubiese habido discusión posible). Aunque se anunció que la cesión al Ibiza era por campaña y media, hace justo un año el club balear decidió acogerse a que el Reglamento General de la RFEF solo permite cesiones hasta final de temporada (se pueden encadenar varias, pero no pueden ser por más de un curso) para no seguir contando en la 2020/21 con Borja, que regresó al Hércules para jugar el segundo de los cuatro años que tenía firmados.
El descontento con el nivel ofrecido por el jugador en la temporada que acaba de finalizar (participó en 18 encuentros oficiales y anotó dos goles), unido al montante del contrato firmado en 2019, ha llevado al club a ejercer la ya famosa cláusula. Se trata de un razonamiento análogo al que se encuentra detrás de la rescisión de contrato con Yeray.
Por cierto, el Hércules ha optado por lo anterior en lugar de declarar un Expediente de Regulación de Empleo por causas objetivas (económicas), que hubiera dejado a ambos futbolistas (y otros afectados) en una posición más débil para combatir la decisión del club.