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un juzgado anuló la declaración de interés de la planta; el caso está en el tsjcv

Los tribunales dirimen la legalidad de la fábrica de 'Techlam' de Levantina en Novelda

26/01/2020 - 

ALICANTE. La fábrica del porcelánico Techlam del gigante alicantino de la piedra natural, Grupo Levantina, funciona en estos momentos sin autorización. Un juzgado anuló la Declaración de Interés Comunitario (DIC) concedida por la Conselleria de Vivienda en 2016 para la ampliación de la planta, en base a la cual la mercantil obtuvo la licencia para la actividad, y ahora Levantina está a la espera de lo que resuelva el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), al cual ha recurrido la primera sentencia.

La sentencia que anuló la DIC de la planta de Techlam, ubicada en la partida Salinetas de la localidad, fue dictada en julio de 2018 por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Alicante. A instancias de un particular, con una vivienda en la zona donde opera la fábrica, el tribunal anuló el acuerdo adoptado en 2016 por la comisión territorial de Urbanismo de Alicante, de la Conselleria de Vivienda, por el cual se concedía a Grupo Levantina la citada declaración para sus instalaciones, levantadas en suelo no urbanizable.

Levantina había iniciado los trámites para obtener la declaración en 2006, tras realizar una ampliación de la fábrica en Salinetas para producir el citado Techlam. Curiosamente, la ampliación se había llevado a cabo tres años antes, en 2003. Los trámites culminaron diez años después en la concesión de la DIC por parte de la Conselleria, que luego anuló el juzgado. La sentencia, a la que ha tenido acceso Alicante Plaza, declara la nulidad de pleno derecho del acuerdo por haber sido dictado "prescindiendo del procedimiento legalmente establecido".

En este sentido, el fallo concreta dicha vulneración en cuatro aspectos. El primero y fundamental, que la DIC fue solicitada en 2006 (en aquel entonces, por Esteve y Mañez SL), y se resolvió en junio de 2016: más de diez años después, "excediendo de manera grosera el plazo de seis meses para resolver y notificar el procedimiento" que establece la Ley 10/2004 de Suelo no Urbanizable, "circunstancia que por sí sola debería ser determinante de la nulidad", indica. En segundo lugar, porque los "informes favorables" que se otorgaron en 2006 "deben ser considerados obsoletos [...], sin que los mismos hayan sido ratificados recientemente".

En tercer lugar, la juez señala que "no consta" (en el momento de dictar el fallo) que la empresa haya adoptado las medidas correctoras contempladas por la Ley de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades, "pese a las múltiples quejas vecinales". Y por último, destaca también que "el acuerdo ha sido adoptado pese a la pendencia de un procedimiento penal", iniciado en 2013 en el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Novelda, por un presunto delito medioambiental, "y sin esperar a las resultas del mismo". Dicho procedimiento penal fue iniciado a instancias del mismo particular, que lleva años quejándose de la actividad de la planta junto a su vivienda.

Expediente del Ayuntamiento

Tras esta sentencia, el Ayuntamiento de Novelda resolvió abrir un expediente a Levantina, que se notificó en marzo de 2019, al amparo de la Ley de Calidad Ambiental, por "el ejercicio de actividad consistente en elaboración de mármol y derivados sin contar con autorización, licencia, declaración responsable ambiental o comunicación de actividades inocuas". Asimismo, dio traslado a los técnicos municipales de las quejas por el ruido del denunciante, que aportó varias actas de inspección de agentes autonómicos, para que informasen sobre la procedencia de iniciar acciones concretas en la materia.

El que entonces era alcalde de Novelda, Armando Esteve (la resolución de Alcaldía se emitió en los últimos meses del anterior mandato), explica a Alicante Plaza que el Ayuntamiento abrió dicho expediente pero no adoptó medidas contra la empresa "a la espera de que la sentencia de primera instancia adquiriese firmeza", cosa que aún no ha sucedido. En este sentido, Esteve desvela que la empresa, en un encuentro con el Ayuntamiento, "se mostró convencida de ganar el recurso en el TSJCV por un defecto de forma" en la primera sentencia.

Este diario intentó obtener la versión de un portavoz de la empresa sin éxito. No obstante, desde el sindicato CCOO explicaron que la dirección de Levantina ha trasladado a los empleados un  mensaje de tranquilidad sobre el futuro de la planta de Techlam, y que la actividad de la planta continuará con normalidad en tanto no se dicte la sentencia definitiva en el TSJCV, dado que están convencidos de que el Alto Tribunal dará la razón a la empresa. 

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