Publicada en DOGV la resolución de aforos en partidos de equipos de la LFP y ACB

6/08/2021 - 

ALICANTE. El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publica en su edición de este viernes la resolución de la conselleria de Santitat por la que se establecen nuevos criterios de aforo en partidos de fútbol y baloncesto profesional que se disputen en la Comunitat y con objeto de seguir conteniendo la pandemia de Covid-19.

La misma, que entrará en vigor el próximo viernes 13 y estará vigente hasta las 23:59 del día 29, se ajusta a lo aprobado en el seno del Consejo Interterritorial de Salud el pasado miércoles, con el apoyo del Estado y todas las Comunidades Autónomas (CCAA) a excepción de la vasca. Ese acuerdo era de mínimos, por lo que cabía la posibilidad de que la Generalitat (como va a hacer el País Vasco, por ejemplo), restringiera aún más el aforo en instalaciones abiertas o cerradas que acojan partidos correspondiente a la Liga de Futbol Profesional y a la Asociación de Clubes de Baloncesto y que era del 40%. Finalmente la única limitación adicional es que en todo caso el aforo autorizado no podrá exceder las 3.000 personas en recintos cerrados y las 15.000 en abiertos, una regla que va referida directamente al pabellón Fuente de San Luis y al estadio de Mestalla, donde el 40% del aforo representa una capacidad superior a esas cifra de espectadores.

En cuanto a los recintos abiertos y el fútbol, por su vigencia (la misma que tiene el acuerdo de mínimos entre Estado y CCAA), la resolución afecta a las tres primeras jornadas de Liga. En el caso del Valencia, para los encuentros ante el Getafe (13 de agosto) y el Alavés (27 de agosto) que se disputarán en el coliseo de la Avenida de Suecia; mientra que en el caso del Levante las restricciones se aplicarán en el partido ante el Real Madrid, el 22 de agosto, para el que el club de Orriols podrá dar acceso a unas 10.500 personas.

Además del aforo autorizado del 40% con el límite máximo de 3.000 espectadores en recintos cerrados y 15.000 en abiertos, la resolución publicada en el DOGV este viernes establece que:

- Se deberá mantener un asiento de distancia en la misma fila en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, salvo grupos de convivencia. Si no fuera posible mantener un asiento de distancia o 1,5 metros de separación, el aforo tendrá que reducirse hasta garantizar el cumplimiento de la medida.

- Se aconseja la sectorización del aforo en espacios de 2.000 personas de capacidad cada uno, con localidades asignadas con antelación y "señalando puntos de acceso diferenciados por sectores, zonas de paso y separación entre los mismos" y contando cada uno con "aseos independientes". 

- El acceso y salida en cada sector deberá ser escalonado, debiendo fijar la organización "franjas horarias" para ambos casos, evitando aglomeraciones.

- No está permitido el consumo de bebida y comida (tampoco su venta) a excepción de agua; tampoco de tabaco y derivados (DSLN o cigarrillos electrónicos y de productos a base de hierbas para fumar).

- Los organizadores (los clubes), ha de contar con un plan de seguridad e higiene visado por Salud Pública.

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