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"máxima fiscalización y transparencia"

Cada vez más cerca: el Consell aprueba el proyecto de Ley del IVAM

16/06/2017 - 

VALÈNCIA. El pleno del Consell ha aprobado hoy viernes el proyecto de Ley reguladora del Institut Valencià d'Art Modern (IVAM) que, una vez pasado este trámite, será remitida a Les Corts para su aprobación definitiva. El objetivo de este proyecto de ley es replantear el marco legal del museo, régimen jurídico y órganos rectores con el fin de facilitar una especial agilidad de gestión, así como una estrecha y activa colaboración entre los diversos agentes sociales a través de la reforma de las competencias de los órganos rectores, tal y como informan desde la Generalitat Valenciana.

Como novedad destaca la “apuesta decidida por la transparencia en la gestión, aumentar el arraigo en el entorno social y territorial y la democratización de su funcionamiento con la reforma de las funciones del consejo rector y el consejo asesor”, indican. “La intención es, fundamentalmente, potenciar al IVAM como uno de los principales referentes en arte moderno y contemporáneo del entorno mediterráneo, en definitiva, hacer un museo aún mejor”. Para conseguirlo se ha hecho especial incidencia en dos aspectos: agilidad administrativa y simplificación de trámites, por una parte, y máxima fiscalización y transparencia, por otra, como corresponde a una entidad de derecho público dependiente de la Generalitat siguiendo el Código de Buenas Prácticas en la Cultura Valenciana.

 Foto: EVA MÁÑEZ.

Desarrollo de la futura ley

El texto establece la naturaleza, el objeto y las funciones propias del Instituto, constituido como entidad de derecho público de la Generalitat, con el objetivo de contribuir al desarrollo de la política cultural de la Generalitat, por lo que respecta al conocimiento, tutela, fomento y difusión del arte moderno y contemporáneo. También concreta la estructura organizativa básica del Instituto y de sus órganos rectores, tanto unipersonales como colegiados.

En ese sentido, incluye la descripción, funciones y la forma de funcionamiento del presidente del IVAM, que ostenta su representación; el consejo rector, como órgano superior de gobierno del IVAM, con facultades de dirección, control y supervisión de las actuaciones del Instituto; el consejo asesor, como órgano con funciones consultivas en cuestiones como la programación del IVAM, la adquisición de obras o la aceptación de donaciones y cesiones al IVAM; del director gerente, a quien corresponde la dirección y la gestión ordinaria del Instituto; y del director honorario del IVAM, un nombramiento que podrá concederse, por acuerdo de la mayoría del consejo rector, a los exdirectores del Instituto.

 La Ley regula también los siguientes aspectos básicos en la organización de la entidad:

-Los recursos económicos, incluyendo tanto los derivados de consignaciones presupuestarías de la Generalitat como de otras vías, así como los ingresos por las actividades de gestión y explotación o los ingresos por patrocinio o mecenazgo.

 -El régimen presupuestario y control económico-financiero, que se ajustará a la regulación establecida para las entidades de derecho público.

 -El régimen de contratación, regulado, por su condición de administración pública, por las normas previstas para estos tipos de entes.

 -El régimen del personal, por el que el personal propio tendrá la condición de personal laboral y se regirá por el derecho laboral.

 -El régimen patrimonial, con la consideración del patrimonio del IVAM como patrimonio de dominio público de la Generalitat.

Por último, se establece un plazo de seis meses, desde que entre en vigor la Ley, para la aprobación de un nuevo Reglamento Orgánico y Funcional del IVAM.

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