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guerra entre ambas familias por el control del urbem

La jueza archiva una querella de Turró contra los Pastor por apropiación indebida

16/06/2020 - 

VALÈNCIA. El Juzgado de Instrucción número 8 de Valencia archiva una querella del grupo Cleop, presidido por Carlos Turró, contra la familia Pastor a los que acusaba, entre otros delitos, de apropiación indebida, administración fraudulenta de sociedades y falsedad contable. Un nuevo capítulo de la larga batalla mercantil y personal  entre ambas familias por el control accionarial de la promotora Urbem. 

La empresa Inversiones Mebru, filial de Cleop, acusaba al patriarca José Pastor, su mujer, Vicenta Orduña y sus hijas María Isabel Pastor y Vicenta Pastor y la empresa Regesta Regum -de la que son propietarios- de quedarse 1.081.594,54 euros de la promotora en 2016 aludiendo a labores de administración, pese a que el órgano de administración no podía retribuirse esa actividad sin previo reparto de dividendos entre los socios y aún cuando la administradora concursal les había advertido que no procedía ese reparto. 

Según la acusación, la mujer de Pastor ostentó el cargo de administradora entre el 24 de mayo de 2017 y el 19 de julio de 2018, momento en el cuál se "apoderó de ese dinero" y, para dotarlo de legalidad, libraron una factura en fecha 4 de diciembre de 2017 a cuenta de Urbem por dichas labores. 

Sin embargo, la magistrada concluye que no concurren los ilícitos penales de los que se acusa a los Pastor, defendidos por el abogado Juan Carlos Navarro, ya que José Pastor Marín y Vicenta Pastor Orduña, en sede judicial ya aclararon que estatutariamente en Urbem existía la posibilidad de que el administrador cobrase por esta labor una parte cercana al 10% de los beneficios obtenidos después de proceder previamente a la distribución de beneficios entre los socios y cumplir con otras partidas como la reserva legal o estatutaria, aunque no sería una cantidad fija.

Admitieron que se libró esa factura, pero se anuló al ser requeridos por la administradora concursal y se emitió de nuevo en abril "cuando ya se cumplían los requisitos que permitían su realización y cobro, acción en la que ya no intervino ninguno de ellos ya cesados como legales representantes de Regesta Regum, sino Miguel Esparza como Director General de Urbem".

"Estas afirmaciones unidas a la débil e imprecisa declaración que efectuó Fernando Lesmes,  administrador concursal de Inversiones Mebru, cuando alegó que sabe que en su momento se pidió que se anulase la factura referida en la querella pero que no le consta si finalmente se anuló o no porque no lo ha podido comprobar" han llevado a la jueza a archivar la querella presentada por Turró.

Turró y Noguera, a las puertas de Urbem l

La querella también acusa a los Pastor de falsificar el libro registro de acciones nominativas de Urbem en la ampliación de capital aprobada en 2006, origen de la disputa por la mayoría de la histórica promotora de València. Pero la magistrada se ampara en sentencias anteriores para archivar también este punto al firmar que la Junta "sí que estaba constituida por tener más del 50% del capital social representado". No obstante, reconoce que "en la actualidad está pendiente de finalizar la posible ejecución de la suscripción del resto de las acciones en que se aumentó el capital social".

Precisamente el origen de la batalla se remonta a 2006 cuando Cleop compró el 50% de Inversiones Mebru, que tenía una opción de compra sobre el 35,9% de Urbem que poseía la familia March Andreu y que ejecutó. Meses antes, José Pastor había rechazado la entrada de Cleop en su capital, por lo que calificó esta maniobra como "hostil". El otro 50% de Inversiones Mebru pertenecía al Grupo García Ojeda, aunque posteriormente Cleop se hizo con la mayoría.

En 2011, iniciada la crisis inmobiliaria y ante las dificultades de Inversiones Mebru para pagar parte lo comprometido a los March, Cleop planteó la venta de su 35,9% a Pastor y se iniciaron negociaciones, pero entonces el Tribunal Supremo dio la razón a Inversiones Mebru sobre una ampliación de capital aprobada en 2006. Según esa sentencia, la filial de Cleop tenía derecho a suscribir su parte de aquella ampliación de capital, lo que significaba que si desembolsaba antes de 15 días 26 millones de euros, alcanzaría el 55%. Pero nunca lo hizo.

Pastor, administrador

A partir de ese momento, el conflicto ha derivado en numerosos pleitos mercantiles y algunas querellas cruzadas, así como la intervención policial en una junta de accionistas celebrada en 2018. Tras una de las querellas, José Pastor fue condenado en 2016 a siete meses de cárcel por administración desleal. 

El último asalto ha sido favorable para los Pastor ya que dos sentencias de la Sección 9 de la Audiencia Provincial de Valencia, con fecha 24 de febrero y 3 de marzo, rechazaban la validez de la juntas de accionista de 2018 que nombró a Turró administrador de la compañía. Según una de ellas, "no se puede adquirir la condición de socio, sino hasta el momento en el que la ejecución de la ampliación del capital social ha tenido acceso al Registro Mercantil aplicado ello al caso concreto, resulta que Inversiones Mebru no podía hacer uso de las acciones que suscribió y que compró de otros suscriptores para conformar la mayoría social en las Juntas". Por tanto, daban la gestión a José Pastor.

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