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Optimismo moderado en el Valencia y el IVF tras quedar visto para sentencia el litigio con Bruselas

12/03/2019 - 

VALÈNCIA. El juicio sobre la reclamación millonaria de la Comisión Europea al Valencia CF (Asunto T-732/16) quedaba este martes visto para sentencia.

En el anexo C de la Gran Sala del Tribunal General de la Unión Europea, el club che, el Reino de España y el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) defendían desde las nueve y media de la mañana el recurso de nulidad interpuesto a finales de 2016 por el primero (y en el que son coadyuvantes Estado y Generalitat) contra la Decisión de Recuperación 2017/365 por la que Bruselas le exige al Valencia el pago de unos 24 millones de euros (intereses incluidos), después de declarar ayuda de Estado prohibida el aval de 75 millones de euros que recibió su Fundación en 2009 del banco del Consell

Los letrados José Ramón García-Gallardo y Alfredo Guerrero en representación del Valencia; María José García-Valdecasas por el Reino de España; y José Antonio Alcantud en nombre del IVF intervenían para reclamar la anulación de la citada Decisión, mientras que Gustavo Luengo sostenía la legitimidad de la misma en nombre de la Comisión, quedando ahora en manos de los jueces de la Sala Cuarta del Tribunal General (el finlandés Heikki Kanninen, el griego Constantinos Iliopoulos y el polaco Juraj Schwarcz) la última palabra, si bien no está previsto que haya fallo antes de seis meses.

Bruselas entiende que la medida controvertida, el aval otorgado por el IVF, utilizaba fondos estatales y es imputable al Reino de España. También que el beneficiario de la ayuda es el Valencia y no la Fundación (le asigna un papel instrumental, para facilitar la financiación de la ampliación de capital del club). Y que con arreglo a los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, a la conocida como "Comunicación sobre garantías" relativa a las ayudas estatales otorgadas en forma de garantía y a la vista de la situación financiera de empresa en crisis del Valencia en el momento en que se le otorgó el aval a la Fundación y de las condiciones del mismo, hubo una ventaja indebida que pudo falsear o amenazar con falsear la competencia y afectar al comercio entre los Estados miembros. El Valencia, por su parte, apoya su pretensión en ocho motivos que van desde la inexistencia de una ventaja (en el sentido de que el club no era una empresa en crisis, que el aval no cubría más del 80% del importe del préstamo concedido por Bancaja y que las condiciones de la operación no se pueden considerar "fuera de mercado"), a la compatibilidad de la supuesta ayuda, un cálculo equivocado por parte de la Comisión del importe de la misma (del principal y de los intereses), la violación de los principios de proporcionalidad y no discriminación, una falta de motivación e incluso que el beneficiario de la medida fue la Fundación y no el club.

A final de año, la sentencia (que será recurrible ante el Tribunal de Justicia).

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