VALÈNCIA. El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se alinea con el Valencia CF.
Giovanni Pitruzzella, el jurista italiano encargado de examinar el recurso de casación interpuesto por la Comisión Europea contra el fallo del Tribunal General de marzo de 2020 por el que se estimaba la demanda de nulidad (T-732/16) del club che contra la Decisión de Recuperación por la que Bruselas le exigía el pago de 23,4 millones de euros a cuenta de una supuesta ayuda de Estado prohibida, hacía este jueves públicas sus conclusiones proponiendo a la Sala Primera del TJUE que desestime el recurso, es decir, confirme la nulidad de la sentencia, liberando definitivamente al Valencia.
Pitruzzella, como ya hiciera la Sala Cuarta del Tribunal General, pone en solfa a la Comisión, a su Decisión de Recuperación, a la valoración que hace de la ayuda de Estado prestada por el Instituto Valenciano de Finanzas a la Fundación del Valencia en 2009, un aval de 75 millones de euros (posteriormente ampliado) que le permitió obtener un préstamo con el que suscribir la ampliación de capital puesta en marcha por el club para dotarse de músculo.
El Abogado General insiste en que Bruselas no prueba la existencia de una ventaja (sobre ella recae la carga de la prueba) y que no cabe inferir lo anterior a partir de la no colaboración del Estado miembro, de una presunción negativa fundada en la inexistencia de información.
Pitruzzella recuerda que "la Comisión ha de basar sus decisiones en datos de una cierta fiabilidad y coherencia que constituyan una base suficiente para concluir que una empresa se ha beneficiado de una ventaja que constituye una ayuda de Estado y que, por tanto, sean idóneos para apoyar las conclusiones a las que ha llegado". El jurista italiano apunta que la Comisión se ha basado exclusivamente "en un razonamiento lógicamente plausible", deduciendo que no existen préstamos similares no avalados que puedan servir de referencia para determinar si el precio pagado por el aval en cuestión está basado en el mercado sin respaldar mínimamente su conclusión con información específica, limitándose a pedir al Estado miembro y a los interesados que presenten observaciones sobre la Decisión de Recuperación y sobre las conclusiones contenidas en la misma y a señalar que ninguno de los elementos del expediente sugiere que existan operaciones análogas en el mercado. Pitruzzella mantiene que Bruselas no ha cumplido con las exigencias que se le imponen en materia de carga de la prueba respecto a la existencia de una ventaja, ni ha respetado el deber de diligencia que le incumbe, por lo que considera "infundado el motivo único del recurso de casación interpuesto por la Comisión". En consecuencia, su recomendación es la de desestimar el mismo.
Conclusiones no vinculantes
A diferencia de lo que hizo con el Hércules CF en 2019 y con Elche CF justo un año después, respecto a las sentencias del Tribunal General que estimaban sus respectivas demandas de nulidad, la Comisión Europea sí recurrió el fallo relativo al Valencia CF. Ahora corresponde al TJUE resolver ese recurso.
Este jueves hemos sabido que el Abogado General le invita a desestimarlo, pero es importante recordar que sus conclusiones no son vinculantes, es decir, que los jueces que integran la Sala Primera podrían fallar en sentido contrario: estimar total o parcialmente el recurso.