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de reducción de jornada y de suspensión de contratos

El Elche solicita un ERTE "por causa de fuerza mayor" que afectará a casi todos sus trabajadores 

ALICANTE. El Elche se une al ya nutrido grupo de Sociedades Anónimas Deportivas del fútbol profesional que recurren a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) ante el parón en la competición.

El club ha solicitado la tarde de este jueves a la autoridad laboral su visto bueno para proceder a una reducción temporal de empleo al calor del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas extraordinarias para paliar el impacto del Covid-19, por causa de fuerza mayor (el estado de alarma decretado por el Gobierno, las medidas de confinamiento y la pérdida de actividad), por el tiempo que dure esta (se inicia con efecto retroactivo al 14 de marzo, momento en el que entró en vigor el estado de alarma, y por un máximo de 90 días, prorrogables) que afecta a la práctica totalidad de trabajadores.

Según ha podido saber Alicante Plaza, el ERTE solicitado es tanto de suspensión de contratos como de reducción de jornada y son 100 de sus 120 empleados los afectados: 

  • el personal deportivo (plantilla del primer equipo, filial, cuerpo técnico, dirección deportiva y servicios médicos, entre otros), con el que negociaba el club una rebaja salarial, se verá afectado por una reducción de jornada: de acuerdo con el Real Decreto-ley 8/2020 esta puede ser entre el 30 y el 70%, pero todo apunta a que queda en la parte baja de la horquilla (reducida al 30%). 
  • el personal no deportivo (trabajadores de oficinas en su mayoría) se ve afectado también por una reducción de jornada pero, especialmente, por una suspensión de contratos (es mayor el número de trabajadores que ven suspenderse la vigencia de su contrato). Los afectados por la suspensión tienen garantizada la reincorporación al puesto y su permanencia durante 180 días si cuentan con contrato indefinido. Si su contrato es temporal, ven prorrogarse la duración del mismo por el tiempo que se extienda la suspensión. Durante el tiempo que dure la suspensión percibirán una prestación del 70% de la base reguladora recogida en su nómina de marzo (la última que han percibido íntegramente) con los topes de 1.098,09 euros en el caso de aquellos con jornada completa y sin hijos; 1.254,86 euros, si tienen un hijo; y 1.411,83 euros, si tienen dos o más. El club no va a completar esa prestación indemnizando a sus trabajadores para que mantengan sus ingresos en un 100% pero sí ha abonado completa la nómina de marzo pese a ser el ERTE con efecto retroactivo al día 14 de ese mes (al no ser una regulación de empleo por razones económicas, una cosa no impide la otra).

La autoridad laboral cuenta ahora con diez diez hábiles para pronunciarse respecto a la solicitud del ERTE. De no resolver en ese plazo, operará el silencio administrativo, que en este caso tiene sentido positivo.

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