ALICANTE. El Intercity ha formulado alegaciones al acta arbitral de su encuentro ante el Mar Menor, con la intención de evitar que su portero Manu Herrera sea suspendido después de su expulsión en el tramo final del mismo por provocar al público rival, concretamente por "una vez finalizado el encuentro y aún sobre el terreno de juego (...) encararse de forma agresiva con una veintena de aficionados identificados del Mar Menor debido a su indumentaria, creando así una tangana entre ambos equipos", tal y como recogió en el acta (esta tiene presunción de veracidad) el árbitro palmesano Federico Javier Saiz Villares.
El club de los hombres de negro se apoya en las imágenes de la retransmisión de Footters para negar la mayor, que el meta madrileño protagonizase la citada conducta (sostiene que Manu Herrera lo que trató es de evitar que le sustrajeran la toalla y la botella de agua). El Intercity, que respalda sus alegaciones con prueba videográfica, persigue que el Juez Único de Competición aprecie la existencia de un error material manifiesto por parte del árbitro del encuentro a la hora de valorar lo sucedido: el artículo 130 del Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol establece que "cuando un jugador, técnico o delegado comentan alguna infracción y resulten objeto de amonestación o expulsión del terreno de juego, el órgano disciplinario impondrá, respectivamente, la sanción de amonestación o un partido de suspensión salvo que el hecho fuere constitutivo de infracción de mayor gravedad, con la accesoria pecuniaria correspondiente", pero también contempla que "las consecuencias disciplinarias de las referidas expulsiones podrán ser dejadas sin efecto por el órgano disciplinario, exclusivamente, en el supuesto de error material manifiesto". Es decir, que cabe dejar sin efecto las consecuencias de la decisión del árbitro Saiz Villares de amonestar con roja a Manu Herrera, que no sería otra que castigarlo con entre 1 y 2 encuentros de suspensión, dentro de la sanción ("suspensión de 1 a 3 partidos o por tiempo de hasta un mes") que se contempla en el artículo 121 del Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol para las provocaciones al público.
Por el contrario, el Intercity no ha formulado alegaciones contra la segunda cartulina amarilla y consiguiente roja al mediocentro Maxi Ribero y tampoco contra las rojas directas al central Kecojevic y al entrenador de porteros Eduardo Almansa.