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Un pagaré y un compromiso de aval "truchos"

  • Javier Tebas durante el juicio por el concurso del Elche CF
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ALICANTE. La del instructor del expediente disciplinario 28/2014-15 que terminó con el descenso administrativo del Elche CF a LaLiga Hypermotion en 2015 no fue la única declaración de testigos que tuvo lugar este miércoles en la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Alicante, en el marco del juicio (procedimiento abreviado 420/2022) en el que el expresidente franjiverde Juan Anguix, Ramón VillaverdeLuis Sans José María Garrido se enfrentan a la acusación de la comisión de un delito de falsedad documental a cuenta del pagaré supuestamente conformado por una entidad financiera que asegura que es falso con el que se habrían paseado por Madrid en mayo de aquel año.

También declararon las dos integrantes que faltaban por hacerlo del equipo de recaudación de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes que tenía a su cargo el expediente de deuda del Elche; después de que en la segunda sesión lo hiciera la inspectora María del Carmen Moles, en esta tercera comparecían por videoconferencia las también inspectoras Pilar Blasco e Isabel María Pérez, quienes confirmaron lo manifestado en su día por su compañera: que en ningún momento entraron a valorar la autenticidad del pagaré de una cuenta de BMN por 3.547.105,31 euros de importe, emitido a favor de la Agencia Tributaria, con fecha de vencimiento 28 de julio, que supuestamente estaba conformado por UBS y con el que los anteriores intentaban pagar la deuda con el fisco inaplazable y acceder a aplazamiento de la que sí lo era y, por extensión, obtener un certificado positivo que habría evitado el descenso administrativo del Elche. No se analizó ese pagaré y tampoco el compromiso de aval bancario a primer requerimiento "de hasta cinco millones de euros" que lo acompañaba, también de UBS, porque con base a la Ley General Tributaria "solo cabía el pago efectivo de la deuda no aplazable", que ascendía a unos 3,5 millones de euros y que se correspondía con retenciones a cuenta del Impuesto de la Renta no practicadas. Eso sí, ambas funcionarias pusieron el acento en el hecho de que se les pidió que custodiaran temporalmente tanto el pagaré como el compromiso de aval y que con ese motivo se le expidiera al Elche un certificado de depósito, algo que calificaron de "inhabitual".

Todo lo anterior tuvo lugar en el transcurso de la jornada de 28 de mayo de 2015, en la que después de visitar a Javier Tebas en LaLiga con el tristemente famoso pagaré y compromiso de aval, Anguix y un número indeterminado de personas (a las que, como al expresidente, las dos inspectoras de Hacienda no fueron capaces de identificar entre los acusados el transcurso de una suerte de una doble rueda de reconocimiento autorizada por la presidenta del Tribunal; aunque Sans y Garrido, quienes sí fueron interrogados este miércoles, dejaron abierta la puerta a que fueran alguna de ellas (las dos funcionarias no identificaron a sus interlocutores -sus referencias a Anguix y Villaverde se basaban en lo recogido documentalmente en el correspondiente expediente abierto- pero sí dejaron claro que parecían actuar "todos a una") se dirigieron a las dependencias del fisco en la madrileña calle de Alcalá.

Para entonces desde la filial en España de UBS desconocían que circulaba el mencionado pagaré de 3.547.105,31 euros supuestamente conformado por ellos y un compromiso de aval de su parte, pero no tardarían en tener conocimiento de ello y de los burdos errores que hacían fácil confirmar su falsedad, tal y como venía a reiterar este miércoles durante su testifical el responsable de área jurídica de la citada entidad en nuestro país, Daniel Muñoz. Este, al igual que en la instrucción, identificaba uno a uno las incorrecciones que contenían ambos documentos y que iban desde sellos y un grafismo que trataba de imitar los auténticos en un pagaré que carecía de fecha de firma y de fecha de firma de la supuesta garantía en su reverso, que además incluía la denominación de sociedades inexistentes (un VAT falso) y la intervención de personas extranjeras sin poderes, pasando por compromiso aval por 2.900.053,88 euros con un encabezamiento que imitaba los auténticos y en el que, por ejemplo, se relacionaban las deudas (concretamente correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido) de manera incorrecta... lo anterior por no hablar de la 'marcianada' que supone pensar que UBS, que por otro lado "no emite pagarés", podía conformar uno emitido por otra entidad financiera (se trata de algo que "no puede hacer ningún banco pues no tienen acceso al saldo existente en la cuenta de cargo, al ser de otra entidad").

La declaración como testigo de este responsable de USB puso sobre la mesa la existencia de una condena por hecho análogos confirmada por el Tribunal Supremo a una tercera persona que no interviene en la causa que se enjuicia en Elche, pero cuya participación en los hechos se investigó: la filial en España de la entidad financiera de origen suizo optó por dejar en manos de la Fiscalía si procedía contra ella por una hipotética vinculación con el pagaré "trucho" y el compromiso de aval, pero finalmente el fiscal no le acusó al no quedar suficientemente acreditada su participación.

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