ALICANTE. La Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado el recurso de apelación del Instituto Valenciano de Finanzas, la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia de 18 de abril de 2017 del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante por la que se aprobaba el convenio de acreedores del Elche (Cconcurso 334/15).
La Sección Octava resuelve de esta manera el incidente concursal 170/2017 que afectaba a la operación de aumento de capital por canje de deuda por acciones prevista en el convenio y que el club ahora podría poner en marcha. No obstante el fallo no es firme, cabe recurso y de hecho el banco del Consell ya ha manifestado que recurrirá al Tribunal Supremo.