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El Consell aprueba un reglamento específico para los conservatorios de música y danza profesional

La nueva reglamentación regula la creación, supresión, denominación y funciones de los conservatorios, entre otros aspectos

8/05/2020 - 

VALÈNCIA (EP). El Consell ha aprobado un decreto que regula la organización y el funcionamiento de los 18 conservatorios profesionales de música y danza de la Generalitat. "Es la primera vez que tendrán un reglamento específico".

Así lo ha destacado la vicepresidenta y portavoz del Gobierno valenciano, Mónica Oltra, en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell, donde ha señalado que "tras 20 años aplicando una normativa sin la solidez jurídica de un decreto, ahora se normaliza y regula de forma específica la estructura orgánica de estos centros, dotándolos de mayor seguridad jurídica".

Entre las principales novedades, el documento habilita la opción de poder crear secciones desde la Administración, de forma que la actual red de conservatorios titularidad de la Generalitat podrá llegar a aquellas zonas donde por demanda sociocultural no se podría constituir un conservatorio completo.

Además, Oltra ha destacado la "flexibilización" de la estructura departamental de los conservatorios de música que se podrá adecuar a las circunstancias propias del centro y la generalización de la figura de la vicedirección, potestativa en otro tipo de centros pero necesaria en los conservatorios por la cantidad de actividades complementarias y extraescolares.

Del total de centros públicos dependientes de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, quince imparten enseñanzas de música y los otros tres, de danza.

Las características de los conservatorios profesionales de música y danza, en cuanto a su organización, funcionamiento, instalaciones y condiciones materiales, hacen necesaria una actualización de su marco regulador específico que prevea sus singularidades y aporte una cobertura normativa adecuada para el desarrollo de las actividades propias de estos centros, ha defendido Oltra.

El decreto desarrolla los diferentes artículos a través de seis títulos, además de varias disposiciones adicionales, derogatorias y finales. La nueva reglamentación regula aspectos como la creación y supresión de los centros y de las secciones o la denominación de los conservatorios.

El decreto también fija las funciones, funcionamiento, nombramiento y composición de los diferentes órganos de gobierno de los centros, que son, por una parte, el equipo directivo, que es el órgano ejecutivo de gobierno y del que forman parte los órganos unipersonales (dirección, vicedirección, dirección de estudios, secretaría y vicesecretaría), y, por otra, los órganos colegiados: el consejo escolar, a través del cual participa la comunidad educativa en el gobierno de los centros, y el claustro de profesorado, integrado por la totalidad del profesorado del centro.

También regula la composición y funcionamiento de los varios órganos de coordinación docente, desde las tutorías, equipos docentes y departamentos didácticos hasta la Comisión de Coordinación Pedagógica (Cocope), el máximo órgano de coordinación docente del conservatorio, la finalidad de la cual es coordinar la planificación académica del centro y de horarios del conservatorio con otros centros educativos.

Figuras de coordinación

Otras figuras de coordinación reguladas por el nuevo decreto en los conservatorios son las de la persona coordinadora de tecnologías de la información y comunicación (TIC), de formación, de igualdad y convivencia, de actividades complementarias y extraescolares, de enseñanzas elementales, de extensión cultural y promoción artística y del programa de coordinación horaria.

Igualmente, también se regulan los diferentes órganos de participación y colaboración en el funcionamiento de los conservatorios profesionales, como es el caso de la asociación de madres y padres de alumnos y alumnas (Ampa) y la asociación de alumnado.

Los dos últimos títulos del decreto regulan aspectos relativos a la autonomía pedagógica y curricular, de organización y de gestión de los conservatorios profesionales, la cual se reflejará en la elaboración del proyecto educativo del centro (PEC), en que se definen los objetivos particulares que el centro se propone alcanzar, en la elaboración del plan de centro, integrado, además de por el proyecto educativo, por el proyecto de gestión y por el reglamento de régimen interior, y en la elaboración de la programación general anual (PGA) del centro.

Asimismo, también se precisan en la normativa aspectos relacionados con la evaluación de la calidad, por parte de la Administración educativa, y la autoevaluación del mismo centro.

La red de conservatorios profesionales de Educación de la Generalitat está integrada por 18 centros, tres de danza en Alicante, Castelló de la Plana y València, más otros 15 de música: 4 en las comarcas alicantinas (Alicante, Dénia, Elda y Elche), 2 en tierras castellonenses (Castelló de la Plana y La Vall d'Uixó) y 9 en las comarcas valencianas (Carcaixent, Catarroja, Cullera, Oliva, Ontinyent, Requena, Torrent, Utiel y València).

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