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se permitirá la compatibilidad de usos cuando se apruebe una ordenanza

València prohíbe temporalmente las viviendas turísticas ocasionales en Ciutat Vella

Tras el estudio de las alegaciones al Plan Especial, Urbanismo admite la prohibición temporal, así como otras restricciones a oficinas, bares y restaurantes.

22/02/2019 - 

VALÈNCIA. Ya se habían establecido restricciones a los pisos turísticos en Ciutat Vella, pero el Ayuntamiento irá más allá. El Plan Especial de Ciutat Vella (PEP) fijará que mientras no exista una ordenanza municipal reguladora, se prohibirá la implantación de aquellos apartamentos turísticos ocasionales en el casco histórico. Es importante, a este respecto, fijar bien las diferencias entre los dos tipos de viviendas turísticas.

La primera tipología, a la que afecta este veto, es la ocasional: aquella vivienda que funciona como domicilio habitual de un particular -debe estar empadronado- y que este decide comercializar con fines turísticos hasta un máximo de 60 días al año. La segunda, que no se ve afectada por este veto pero sí por el resto de restricciones del PEP, es aquella calificada "profesional" situada en un bloque exclusivo de viviendas turísticas.

El Ayuntamiento ha incluido esta prohibición temporal en el Plan a instancias de la delegación de Turismo de la Generalitat Valenciana, que explica sus razones para el veto: "la dificultad de control" de este tipo de viviendas turísticas. Comprobar los días que se comercializa un piso particular, por ejemplo, podría ser uno de los obstáculos en la inspección, teniendo en cuenta el elevado grado de digitalización y flexibilidad de este mercado. Y este es el argumento que asume el área de Urbanismo del consistorio, dirigida por el edil Vicent Sarrià, para adoptar la consideración del organismo autonómico.

De esta restricción se presupone otra novedad: habrá en València una ordenanza relativa a los apartamentos turísticos. Según recoge el informe elaborado por Urbanismo, la intención de esta nueva normativa será "concretar un procedimiento de control municipal y definición de un régimen sancionador y disciplina urbanística" con la meta de "minimizar la proliferación" de estos negocios de particulares, puesto que la competencia de controlar los 60 días será únicamente del Ayuntamiento.

Ahora bien, el PEP sólo hace referencia a ella para poner fin a la prohibición fijada. No se ha avanzado ni detallado en qué consistirán estos controles ni sanciones; tampoco cuándo se pretende empezar a elaborar el texto. Y obviamente, al restar tan sólo tres meses hasta las elecciones municipales, no se conoce quién acometerá la nueva regulación, ni si quiera si el nuevo gobierno local surgido de las urnas mostrará voluntad expresa para emprender su redacción. Así pues, la prohibición se antoja duradera. Al menos, a juzgar por los plazos consistoriales en la elaboración y reforma de ordenanzas, podría estar vigente lo que queda de 2019.

Huelga recordar que en Ciutat Vella rige una moratoria de licencias hoteleras y de apartamentos turísticos desde hace un año y hasta que se apruebe el Plan Especial. Este, además, supone un frenazo tanto para hoteles y apartamentos. Prohíbe generalmente la implantación del uso hotelero en buena parte de Ciutat Vella (zona gris del mapa inferior), si bien aquí permite pisos turísticos ocasionales -cuando haya una ordenanza-.

Gris: Residencial (El Pilar, El Carmen, El Mercat, La Seu, La Xerea) | Cian: Residencial-Mixto (S. Francesc) | Lila: Terciario (S. Francesc). Foto: VP.

El barrio de Sant Francesc, por contra, no tendrá tantos límites. Muchos edificios (color cian) podrán albergar usos hoteleros así como todo tipo de viviendas turísticas. Eso sí, con limitaciones: las viviendas turísticas profesionales deberán guardar entre ellas una distancia de al menos 150 metros. En las áreas de tono violáceo concentradas en Sant Francesc se permite exclusivamente el uso hotelero. Todo ello pese a que, cabe resaltar, las zonas delimitadas en el plano anterior se modificarán levemente. El color grisáceo se extenderá también por numerosas parcelas situadas entre la Avenida del Oeste y la calle de San Vicente, así como en la concurrida calle de La Paz y la Plaza Tetuán.

A los llamados edificios singulares se les da de comer a parte. Son algunos de los coloreados con violeta que se encuentran repartidos por todo el casco histórico y se trata de edificaciones señoriales o palaciegas, de arquitectura religiosa o difícilmente adaptable para uso residencial. Por ello, el PEP permite que, a cambio de rehabilitarlos y mantenerlos, en ellas se implanten usos terciarios, ya sean comerciales, oficinas u hoteles.

Esta era una de las principales preocupaciones del vecindario porque veían este patrimonio muy suculento para el sector hotelero y temían que este copara la explotación. Además, criticaban que el explotador se pudiera anexionar un edificio o parcela colindante para el mismo uso. Con todo, esto no cambiará. Tras haber estudiado las alegaciones, Urbanismo únicamente restringirá los locales comerciales que quieran implantarse en estoa edificios a 2.000 metros cuadrados.

Foto: KIKE TABERNER 

Todo ello, en cuanto a turistificación del casco histórico. Ahora bien, el PEP recoge otros campos como el de la hostelería. Limita las nuevas aperturas de bares, cafeterías y restaurantes a una distancia mínima entre ellos de 65 metros en las calles de La Paz, San Vicente, el entorno del Mercado Central, la calle Bolseria y Caballeros. Pero tras las alegaciones, esta restricción se ampliará también a los ejes de la calle Navellos, Micalet y tanto a la plaza de la Mare de Déu como la de la Reina.

Y en cuanto a oficinas, almacenes, comercios, viviendas turísticas y todo uso no residencial, en la mayoría de Ciutat Vella (zona gris), no podrán ocupar más de la mitad de la superficie construida en cada edificio del casco histórico. Explica el consistorio que esto "es una garantía para mantener el equilibrio de uso residencial con el resto de usos que pueden convivir en un edificio".

Límites a las terrazas

En cuanto a la ocupación de espacios libres públicos por las terrazas, la obligación de dejar tres metros libres en las calles se aplicará en los entornos de protección de monumentos, sin perjuicio de lo que esté regulado en la ordenanza de ocupación de la vía pública. En el caso de las plazas, estos espacios solo podrán ocupar un 20% de su superficie como máximo.

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