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en la comunitat se permite hasta un 75% del aforo ordinario con autorización previa

El 'protocolo reforzado' de la RFEF deja en manos de las CCAA la presencia de público en los estadios

25/09/2020 - 

ALICANTE. Con nocturnidad y alevosía, como no podía ser de otra manera. A última hora de la noche del viernes salía El Gordo, esto es, veía la luz el famoso 'protocolo reforzado' de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) que se aplicará el curso 2020/21 en Segunda B.

Lo hacía una vez el Consejo Superior de Deportes (CSD) daba luz verde al mismo y por medio de la circular federativa número 14 a la que se adjuntaba el bautizado como "Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional (Temporada 2020/21)".

Son 73 páginas en las que se aborda, entre otras cuestiones, la presencia de público en las gradas en estos tiempos de fútbol y pandemia de Covid-19, algo que los clubes reclaman con insistencia toda vez que la venta de abonos y entradas es una de sus pocas fuentes de ingresos. Pues bien, el protocolo es claro en este aspecto: serán las Comunidades Autónomas (CCAA) las que tengan la palabra sobre la presencia de público en las gradas. La RFEF parte de la premisa de que la presencia "controlada y gradual de público" es "una petición mayoritaria del sector", recuerda que las Federaciones Deportivas tienen por delegación del CSD la potestad de "adoptar las decisiones que estimen pertinentes sobre afluencia de público en la competición, junto con los organizadores de las mismas, para garantizar el desarrollo de las mismas en igualdad de condiciones de público cuando este pueda ser considerado como un factor esencial" pero, como no puede ser de otra manera (este protocolo se basa en el general para todos los deportes no profesionales aprobado semanas atrás por el CSD junto con las CCAA), "sin perjuicio" de la potestad de los gobiernos autonómicos (en la nueva normalidad son los competentes) para decidir sobre si puede haber o no aficionados en las gradas de un estadio con motivo de un partido de fútbol no profesional (en el caso del profesional, las CCAA aceptaron en primavera que fuera el Estado, por medio del CSD y en coordinación con la Liga de Fútbol Profesional, el que decidiera) por lo que establece que "debe ser cada club que actúe como anfitrión (...) el que regule la afluencia de público en función de la normativa sanitaria dictada en el territorio donde se ubique y de su propia capacidad de cumplimiento de las exigencias de todo tipo (número máximo, protocolos específicos, autorizaciones, etc.) que la normativa pública autonómica le fije. 

Es decir, que en el caso de los clubes de la Comunitat, como la Generalitat (la conselleria de Sanitat) es la que decide, cada uno "deberá comunicar a la RFEF el cumplimiento de los requisitos formales" que esta fije  y "acreditará el cumplimiento de los mismos mediante declaración responsable, señalando en cada momento el número máximo de espectadores que permite en cada uno de los partidos".

Un 75% del aforo ordinario como máximo, todos con mascarilla (no es necesaria distancia social) y autorización administrativa

Como viene contando desde hace justo tres meses Alicante Plaza, para que pueda haber aficionados en las gradas de un partido de Segunda B en la Comunitat se requiere que el organizador (el club) lo solicite y, obviamente, se le autorice con base al cumplimiento de toda una serie de requisitos que se establecieron de manera inicial los pasados 19 y 26 de junio por medio del llamado 'Acuerdo de 19 de junio, del Consell, de medidas de prevención frente a la Covid-19' y una primera resolución de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública con 'medidas adicionales complementarias de prevención y protección en materia de actividad deportiva'. 

La Generalitat abrió en ese momento la puerta a la presencia de público en las gradas de los acontecimientos deportivos como los partidos de fútbol (no profesional), siempre y cuando no se superase el 75% del aforo ordinario. 

Lo anterior sigue plenamente vigente pese a que, a lo largo de los meses de julio y agosto y de manera paralela a la evolución negativa de la pandemia, se fueron modulando los requisitos establecidos en junio: así, por resolución de Sanitat del 24 de julio se suprimió la obligación de mantener la distancia social (que se había establecido en junio) y se pasó a exigir solo el uso de mascarilla por el público, mientras que por medio de una resolución fechada el pasado 17 de agosto se pasó a requerir autorización administrativa previa cuando la afluencia de aficionados prevista sea superior a las 400 personas.

Con la modificación de finales de julio, al suprimirse la obligación de la distancia mínima de seguridad entre los asistentes, se consiguió que el límite del 75% se pudiera hacer efectivo pues hasta ese momento, en la práctica, era imposible toda vez que al exigirse también distanciamiento social (1,5 metros) solo se podían usar una de cada cuatro localidades y eso llevaba a un máximo de ocupación de las gradas permitido del 25%.

Ahora bien, al requerirse autorización administrativa previa desde finales de agosto (si bien se puede llegar al 75% del aforo ordinario, no se exige distancia social y sí uso de mascarilla) se han de implementar otras medidas de prevención y control, además de que la situación epidemiológica del momento ha de ser favorable.

El Hércules y el Alcoyano, por ejemplo, están trabajando en un protocolo de seguridad e higiene con toda una serie de medidas para conseguir que se le autorice la presencia de público en las gradas. Mientras que el primero (que ya ha elevado su petición) espera que se le autorice un aforo de al menos 5.500 espectadores, el segundo adelantaba este viernes que pretende que sea de 1.500.

Entradas y abonos nominativos (con registro previo de datos de contacto); acceso escalonado; control de temperatura en las entradas; uso de mascarillas; e incluso distancia social (parcelamiento de las gradas) pese a que la normativa autonómica no lo exige ya, son algunas de las medidas que se contemplan en esos protocolos para que vuelva el público a los estadios José Rico Pérez y El Collao

El Hércules suspendió el jueves la presentación de su campaña de abonos (que estaba prevista para 24 horas después, si bien todavía el jueves se discutían los detalles de la misma) precisamente por desconocer el contenido del citado protocolo reforzado de la RFEF, pero el Alcoyano no solo vende abonos desde hace semana, es que de cara a la presentación oficial del equipo ya anuncia su intención de que se le permita la asistencia de 1.500 espectadores (la inmensa mayoría, obviamente, abonados).

Para que pueda haber aficionados en las gradas de un partido de Segunda B en la Comunitat se requiere que el organizador (el club) lo solicite y, obviamente, se le autorice con base al cumplimiento de toda una serie de requisitos que se establecieron de manera inicial los pasados 19 y 26 de junio por medio del llamado 'Acuerdo de 19 de junio, del Consell, de medidas de prevención frente a la Covid-19' y una primera resolución de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública con 'medidas adicionales complementarias de prevención y protección en materia de actividad deportiva'. 

La Generalitat abrió en ese momento la puerta a la presencia de público en las gradas de los acontecimientos deportivos como los partidos de fútbol (no profesional), siempre y cuando no se superase el 75% del aforo ordinario. 

Lo anterior sigue plenamente vigente pese a que, a lo largo de los meses de julio y agosto y de manera paralela a la evolución negativa de la pandemia, se fueron modulando los requisitos establecidos en junio: así, por resolución de Sanitat del 24 de julio se suprimió la obligación de mantener la distancia social (que se había establecido en junio) y se pasó a exigir solo el uso de mascarilla por el público, mientras que por medio de una resolución fechada el pasado 17 de agosto se pasó a requerir autorización administrativa previa cuando la afluencia de aficionados prevista sea superior a las 400 personas.

Con la modificación de finales de julio, al suprimirse la obligación de la distancia mínima de seguridad entre los asistentes, se consiguió que el límite del 75% se pudiera hacer efectivo pues hasta ese momento, en la práctica, era imposible toda vez que al exigirse también distanciamiento social (1,5 metros) solo se podían usar una de cada cuatro localidades y eso llevaba a un máximo de ocupación de las gradas permitido del 25%.

Ahora bien, al requerirse autorización administrativa previa desde finales de agosto (si bien se puede llegar al 75% del aforo ordinario, no se exige distancia social y sí uso de mascarilla) se han de implementar otras medidas de prevención y control, además de que la situación epidemiológica del momento ha de ser favorable.

El Hércules y el Alcoyano, por ejemplo, están trabajando en un protocolo de seguridad e higiene con toda una serie de medidas para conseguir que se le autorice la presencia de público en las gradas. Mientras que el primero (que ya ha elevado su petición) espera que se le autorice un aforo de al menos 5.500 espectadores, el segundo adelantaba este viernes que pretende que sea de 1.500.

Entradas y abonos nominativos (con registro previo de datos de contacto); acceso escalonado; control de temperatura en las entradas; uso de mascarillas; e incluso distancia social (parcelamiento de las gradas) pese a que la normativa autonómica no lo exige ya, son algunas de las medidas que se contemplan en esos protocolos para que vuelva el público a los estadios José Rico Pérez y El Collao

El Hércules suspendió el jueves la presentación de su campaña de abonos (que estaba prevista para 24 horas después, si bien todavía el jueves se discutían los detalles de la misma) precisamente por desconocer el contenido del citado protocolo reforzado de la RFEF, pero el Alcoyano no solo vende abonos desde hace semana, es que de cara a la presentación oficial del equipo anunciaba su intención de que se le permita la asistencia de 1.300 espectadores (la inmensa mayoría, obviamente, abonados).

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