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Las patronales del ocio nocturno recurren ante la Audiencia la decisión de excluirles como acusación popular contra Alves

13/02/2023 - 

VALÈNCIA.  Las patronales del ocio nocturno Fecasarm y Spain Nightlife han recurrido ante la Audiencia de Barcelona la decisión de la jueza instructora de excluirles como acusación popular de la causa que se sigue contra el ex jugador del Barça Dani Alves por presuntamente haber violado a una joven en una discoteca.

En un auto fechado el pasado 9 de febrero, al que ha tenido acceso Efe, la juez instructora argumenta que el bien jurídico protegido afectado por el delito es el de "la libertad sexual de la víctima", sin que sea "suficiente" que el hecho haya sucedido en el interior de una "entidad de ocio" afiliada a estas asociaciones.

La jueza no ve además "legitimada" la personación de ambas patronales del ocio como acusación popular, ya que supone entrar en actuaciones con "intereses ajenos a los de la propia víctima".

Ambas patronales han presentado este lunes un recurso ante la Sala de Apelaciones de la Audiencia de Barcelona contra la resolución de la jueza instructora de excluirlas del proceso judicial.

En el recurso, al que ha tenido acceso Efe, la patronal catalana del ocio nocturno Fecasarm y la estatal Spain Nightlife consideran que la jueza instructora ha incurrido en un "error" al interpretar la normativa y la doctrina que regulan la figura de la acusación popular, por lo que piden a la Audiencia de Barcelona que revoque la decisión de la magistrada.

Así, ambas patronales alegan que en ese auto de la jueza hay un "error de la juzgadora" 'a quo' al entender que para el ejercicio de la acusación popular es "necesario acreditar previamente un interés directo".

Ambas patronales sostienen, en cambio, que la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional se manifiesta de modo "totalmente distinto, exigiendo únicamente una conexión entre los fines asociativos y el procedimiento penal o bien un interés legítimo enlazado con el interés general o común".

Rebaten también que la jueza del Juzgado de Instrucción 15 de Barcelona, el que lleva la causa contra el jugador brasileño, rechace los argumentos de las patronales de personarse como medida preventiva e intimidatoria ante posibles hechos futuros similares y en defensa de la imagen del sector del ocio nocturno, tras considerar que el sector "no se ha visto perjudicado por los hechos enjuiciados".

Esgrimen, asimismo, que es un "error" que la jueza instructora los excluya al no haber conexión entre las actuaciones de las patronales y las de la joven presuntamente violada, en la medida en que implican unos "intereses ajenos a la propia víctima".

"Y más -dice el recurso de apelación- cuando los hechos han ocurrido en el interior de una discoteca, por lo que la conexión es todavía mayor, siendo que es evidente también" que la "imagen del establecimiento y del sector general quedaron dañadas por el hecho ilícito".

Por todo ello, sostienen que no se "puede negar" su legitimación para ser parte en esta causa contra el jugador brasileño, y recuerda además que ya han sido o son acusación popular en múltiples procedimientos judiciales instruidos por delitos cometidos en el interior de locales de ocio. 

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