ALICANTE. Relación profesional o interés en la causa, esos son los motivos que llevaba el martes tanto al administrador concursal de Aligestión como a la Abogacía de la Generalitat a recursar al perito designado por el magistrado para cuantificar la indemnización a percibir por el Hércules en el caso de estimar la demanda de resolución del contrato de arrendamiento del estadio Rico Pérez y que el club debía ser compensado económicamente por ello.
El hecho de que Guillermo Villena, el perito judicial designado en noviembre, sea también responsable de asuntos económicos del citado órgano que pilota los fastos para conmemorar la efeméride provocaba que el martes dos de las partes en la causa (incidente concursal 438/17) le recusaran y que Juan Ignacio Martínez, el magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, decidiera suspender la vista a 24 horas de su celebración, para resolver sobre la recusación.
Es importante insistir en que Villena fue designado por el magistrado (no estamos ante un perito de parte, es de designación judicial y precisamente por eso puede ser recusado) del correspondiente listado (para formar parte del mismo se ha de tener una experiencia demostrable de al menos cinco años), siguiendo las reglas de turno establecidas.