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Zorío: "Peter Lim tiene al Valencia CF en la peor situación económica de su historia"

19/10/2022 - 

VALÈNCIA. Miguel Zorío, portavoz de Marea Valencianista ya denunció hace más de un mes el grave riesgo de desaparición que corre el Valencia CF desde el 1 de julio de 2022, y recuerda la importante responsabilidad legal de Layhoon si no cumple con la obligación de informar al Juzgado de la situación de insolvencia que vive la SAD: “desde 2010 tanto la LFP como la UEFA pueden expedientar al Valencia CF por acumular pérdidas durante tres años consecutivos. Es sorprendente que Javier Tebas no mueva ficha cuando su amigo singapurense ha tenido al club en pérdidas todos esto años, salvo el ejercicio en el que Jorge Mendes nos encalomó al portero más caro de nuestra historia. Es infumable que Peter Lim haya llevado a la quiebra al club, mientras su socio Jorge Mendes ha ganado más de 60 millones de euros moviendo jugadores, comprando caro a sus amigos y vendiendo barato el patrimonio del club”.

Miguel Zorío recuerda que “el Valencia CF tenía presupuestadas unas pérdidas superiores a los 70 millones de euros, que según Layhoon quedarán en 60 millones a pesar de que no se rebajaron con la venta de jugadores prevista antes del cierre del ejercicio 21/22, y eso automáticamente nos lleva a tener un patrimonio neto negativo y a entrar en causa de disolución. También Peter Lim y la LFP deberían explicar que tiene de bueno para el Valencia CF el préstamo de CVC: el club está cediendo el 10 % de sus derechos de televisión, pagando 10 millones de euros anuales por ese capital. Nos dan 80 millones y nos cuestan más de 400 millones, cuando para terminar el estadio no hacía falta esta operación tan nefasta para el club” afirma el ex vicepresidente del Valencia CF.

Miguel Zorío avisa que “con la ATE caducada definitivamente, el Valencia CF va a perder en su balance beneficios urbanísticos superiores a los 200 millones de euros, Peter Lim no puede pegar el pelotazo urbanístico con Mestalla y Caixabank se verá obligada a pedirle a Lim que garantice personalmente los créditos. En caso contrario, si los administradores del banco no quieren incurrir en responsabilidad penal, tendrán que ejecutar las garantías adicionales a los terrenos del viejo Mestalla entre las que están las propias acciones de Peter Lim”.

El portavoz de Marea Valencianista, Miguel Zorío, insiste que a pesar de que el del power y el del point pusieron una barrera para defender a Peter Lim la que no se salva esta vez es Layhoon como presidenta ejecutiva. El Valencia C F está incumpliendo el artículo 361.1 de la ley de sociedades anónimas de capital que afirma que “una empresa entra en quiebra técnica cuando el patrimonio es inferior a la mitad de su capital social”. A partir del 1 de julio, Peter Lim y Layhoon tenían dos meses, que es el plazo que marca la sentencia del Tribunal Supremo, para que los administradores de la SAD actuaran con transparencia y evitaran así su responsabilidad penal:

  • En el momento que el administrador es consciente de la situación de insolvencia de la empresa y, además, ha entrado en un estado de quiebra o suspensión de pagos, éste está obligado a actuar de manera diligente solicitando el concurso de acreedores en el plazo de dos meses.
  • O en su lugar, acreditar al Juzgado que está llevando a cabo una negociación con sus acreedores para llegar a acuerdos de refinanciación (no ha informado al juzgado de la renegociación de los préstamos con el propio Peter Lim o de la renegociación del pago de remuneraciones). Opción que le beneficiaría con tres meses más de margen para conseguir solucionar la situación de insolvencia. En caso de no llegar a una solución, deberá solicitar el concurso de acreedores al mes siguiente.
  • De no solicitar el concurso de acreedores o realizar acciones para prevenir posibles daños a acreedores, socios o terceros, se consideraría que el administrador no está haciendo frente a sus deberes legales.
  • Por un lado, para poder reclamar la responsabilidad individual de los administradores, éstos deben ejercer dicho cargo como tal. Por lo que, las responsabilidades inherentes quedan sujetas a personas físicas titulares de la condición de órgano social, tal y como sustentan los administradores de empresa. En lenguaje de la calle, NO HAY MANERA DE EXIGIR RESPONSABILIDADES A PETER LIM COMO PERSONA FÍSICA, sólo a sus consejeros (todo ello gracias a los que facilitaron la venta del Valencia CF a Meriton y a las condiciones increíbles de ese contrato).

Por el contrario, la responsabilidad objetiva del administrador se establece, entre otras, ante el incumplimiento de convocar juntas para el caso que la sociedad haya incurrido en causa de disolución.

En este caso concreto, para derivar la responsabilidad hacia el administrador es suficiente acreditar la aparición de deudas con posterioridad a que se hubiera generado la causa de disolución o disminución del patrimonio neto por debajo de las causas previstas en la ley de Sociedades de Capital. En particular, que el patrimonio neto sea inferior al 50% del capital social

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