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a instancia del ivf que recurrirá al supremo

El Juez de lo Mercantil tendrá que decidir de nuevo si suspende o no el convenio del Elche

División de opiniones sobre el efecto de la desestimación por parte de la Audiencia Provincial del recurso del IVF.

21/01/2019 - 

ALICANTE. El fallo de la Audiencia Provincial de Alicante por el que se desestima el recurso de apelación del Instituto Valenciano de Finanzas (IVF), la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia de 18 de abril de 2017 del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante por la que se aprobaba el convenio de acreedores del Elche (Concurso 334/15), lejos de aclarar el panorama respecto a la suspensión cautelar del mismo, decretada en septiembre de 2017, ha contribuido a enmarañarlo un poco más si cabe.

La opinión del administrador concursal y del consejo de administración

La Ley Concursal parece clara al respecto (artículo 197.6): "El juez del concurso, de oficio o a instancia de parte, podrá acordar motivadamente al admitir el recurso de apelación la suspensión de aquellas actuaciones que puedan verse afectadas por su resolución. Su decisión podrá ser revisada por la Audiencia Provincial a solicitud de parte formulada mediante escrito presentado ante aquella en los cinco días siguientes a la notificación de la decisión del juez del concurso, en cuyo caso esta cuestión habrá de ser resuelta con carácter previo al examen del fondo del recurso y dentro de los diez días siguientes a la recepción de los autos por el tribunal, sin que contra el auto que se dicte pueda interponerse recurso alguno (...) Si se hubiera solicitado la suspensión del convenio al recurrir, el juez podrá acordarla con carácter parcial". Es decir, el convenio ya tendría plena eficacia. 

Esa es la opinión del administrador concursal y del propio consejo de administración del Elche si bien, según ha podido saber Alicante Plaza, sorprendentemente este "ha solicitado al Juez de lo Mercantil el levantamiento de la suspensión".

El IVF no lo ve igual

El banco del Consell, por su parte, entiende que todo y el fallo contrario a sus intereses, la desestimación de su recurso por la Audiencia Provincial, la suspensión sigue vigente.

La realidad es que el auto por el que se acordaba la suspensión a instancia del IVF establece expresamente que "ha lugar a la solicitud de suspensión del cumplimiento del convenio aprobado judicialmente en lo relativo a la votación de la ampliación de capital en Junta General de la entidad concursada, respecto de la ampliación de capital por conversión de obligaciones en acciones aprobada judicialmente; debiendo informar el apelante, en forma puntual, del resultado del recurso, a los efectos de levantar en su día la suspensión que ahora se acuerda". 


El banco del Consell va a interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, algo de lo que informará al Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, además de solicitar "la extensión de la suspensión"

Por tanto, ahora mismo parece que solo José Luis Fortea, magistrado titular del citado Juzgado de lo Mercantil, puede arrojar luz sobre el asunto.

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