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El Tribunal General de la UE "devuelve" al Hércules a noviembre de 2016 y le pregunta qué hace ahora

6/12/2018 - 

ALICANTE. Coletazo un tanto sorprendente el que ha tenido la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la que se anulaba el auto del Tribunal General (TGUE) del pasado mes de marzo en el que se desestimaba la petición del Hércules de suspender cautelarmente el efecto de la Decisión de Recuperación (en virtud de la que la Comisión Europea le reclama al Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) el pago de siete millones de euros).

Como adelantó Alicante Plaza hace dos semanas, el TJUE hizo suyos todos los argumentos del Hércules, estimando su recurso y anulando la resolución de marzo del presidente del Tribunal General, el juez luxemburgués Jaeger, quien esta semana ha encajado el golpe "devolviendo" al club blanquiazul a noviembre de 2016, momento en el que la citada obligación de pagar al IVF estaba suspendida. 

Ahora bien, según ha podido saber este medio, además de asumir la nulidad de su auto de marzo (en el que desestimaba la suspensión cautelar solicitada por el Hércules), esta semana Jaeger se ha dirigido a la partes (el club blanquiazul y la Comisión Europea) para preguntarles qué hace... Y es que en noviembre de 2016 lo que había vigente era una suspensión cautelarísima, es decir, el Hércules había solicitado la adopción de esa medida provisional, pero mientras el Tribunal se pronunciaba al respecto este dejaba sin efecto momentáneamente (más bien hasta el pasado mes de marzo) la Decisión de Recuperación. De hecho, el propio TGUE (a través de su célula ibérica de prensa) informaba este jueves que, tras la anulación en casación de su auto, vuelve a quedar suspendida la obligación de pagar "hasta que se dicte un auto definitivo que ponga fin al procedimiento de medidas provisionales".

Principio de Economía Procesal

El club blanquiazul le va a responder al juez que, dado que está visto para sentencia el procedimiento principal (el de nulidad, cuya vista se celebró en septiembre, estando previsto para Semana Santa que haya fallo), "por razones de economía procesal" lo más lógico es consolidar la cautelarísima, dar por terminado el procedimiento de medidas provisionales y esperar a que se conozca la sentencia por la demanda de nulidad", algo que además le corresponde hacer también al Tribunal General. 

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