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Desestimada la demanda contra Amadeo Salvo y Aurelio Martínez por la venta del Valencia CF

20/04/2023 - 

VALÈNCIA. El magistrado David Gericó, titular del Juzgado de Primera Instancia número 22 de Valencia ha desestimado la demanda interpuesta por cinco socios y/o accionistas del Valencia CF SAD contra el expresidente de dicha entidad Amadeo Salvo y el expresidente de la Fundación del Valencia Club de Fútbol Aureliano Martínez por daños económicos y morales derivados de la venta de acciones del club a Meriton Holdings Limited.

Cinco aficionados que presentaron una demanda contra Amadeo Salvo y Aurelio Martínez, expresidente y exvicepresidente del Valencia CF, solicitaron ser indemnizados económicamente por los daños morales y económicos ocasionados tras la venta del club a Peter Lim en 2014. 

José Ramón Barberá Ruiz, Dionisio Canales Llobell, José Francisco Turpín Isidro, Pedro José Morales Sales y Francisco Falaguera Ayela fueron los socios del Valencia CF que presentaron la demanda en octubre de 2021 que la jueza admitió a trámite y que finalmente ha sido desestimada. El despacho Jaime Navarro Abogados defendió a la parte demandante. La demanda era de responsabilidad por daño moral y económico y a Salvo y Martínez se les reclamaban 1.900 euros.

De la prueba practicada en el juicio, el magistrado concluye que los demandados, como patronos de la Fundación, defendieron la elección de oferta presentada por Meriton para adquirir la sociedad y la venta a ésta de las acciones "sin que haya quedado acreditado que engañaran o coaccionaran a los demás patronos".

Del mismo modo, la sentencia establece que el contrato de transmisión de las acciones suscrito finalmente no contemplaba expresamente algunos de los puntos que se indicaban en la oferta de Meriton y a los que los demandantes se habían referido en su defensa, "de modo que pudieran exigirse jurídicamente a la entidad adquiriente, como los objetivos económicos y deportivos y la construcción del nuevo estadio".

En cualquier caso, el juzgador desestima la demanda al dictaminar que no fueron los demandados quienes transmitieron las acciones sino la Fundación con la intervención de sus órganos de gobierno. "La responsabilidad de los patronos, por su actuación en tal condición, es exigible conforme al mencionado artículo 17 de la Ley de Fundaciones, y la legitimación para exigirla la tiene la Fundación, a través de su órgano de gobierno, del Protectorado o d elos patronos disidentes o ausentes" y resulta evidente que en los demandantes "no concurre ninguna de estas cualidades subjetivas", razona.

"En definitiva, entendemos que la actuación de los demandados no tiene aptitud o virtualidad jurídica para generar responsabilidad a favor de los actores por los daños que alegan sufrir por la actual situación económica y deportiva del Valencia Club de Fútbol, sin que proceda, en consecuencia, referirnos a la gestión de la adquirente de las acciones durante estos últimos años", explica el magistrado.

La sentencia, que es firme, absuelve por tanto a los demandados e impone las costas a los demandantes.

Tras conocer el fallo, el abogado de los demandantes Jaime Navarro aseguró a Efe que en su sentencia, que es firme y no admite recurso, el titular del juzgado da por bueno el argumento de Martínez y Salvo de que la responsabilidad final fue del patronato.

“El juez se ha inclinado porque los responsables son todos. Era la otra posibilidad que veíamos. Nosotros queríamos salvar a la tropa e ir a por los capitanes que pilotaron la venta pero esta sentencia, desgraciadamente, nos obliga a denunciarlos a todos. Así lo haremos, los denunciantes no van a parar hasta que alguien pague por los daños causados”, aseguró.

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