El CSD espera informe del TAD sobre la petición de la RFEF de acortar los plazos de las elecciones

20/02/2024 - 

VALÈNCIA.  (EFE).- El Consejo Superior de Deportes (CSD) está a la espera de que el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) le remita un informe sobre la petición de la Federación Española de Fútbol (RFEF) para acortar los plazos de su proceso electoral y acabarlo antes de que empiece la Eurocopa de Alemania, el próximo 14 de julio.

La RFEF solicitó al CSD la reducción de un mes a quince días del plazo que la orden ministerial que regula las elecciones federativas establece para que las federaciones remitan a este organismo el reglamento electoral, una vez que éste sea aprobado por sus asambleístas.

En su escrito, la RFEF apuntó que su intención es concluir el proceso antes del comienzo de la Eurocopa, para "dotar a la institución de la necesaria estabilidad política", y su petición será analizada por el TAD, como paso previo a la decisión final de la Comisión Directiva del CSD.

Este también confirmó a EFE que está a la espera de recibir el reglamento electoral definitivo, una vez que lo apruebe la Comisión Delegada de la RFEF, para trasladarlo igualmente para que emita un informe el TAD, que es el órgano encargado de "velar por la conformidad a derecho de los procesos electorales en los órganos de gobierno de las federaciones deportivas españolas", según la Ley del Deporte 2022 (artículo 120, 1c).

La RFEF ha elevado a su vez una consulta al CSD, ya que entiende que se encuentra en "una laguna jurídica", porque la orden que regula las elecciones indica que deben ser convocadas por quien ocupe la presidencia o por la junta directiva, según sus estatutos, y este supuesto no se ha cumplido, ya que tras la dimisión de Luis Rubiales la presidencia la asumió el vicepresidente adjunto, Pedro Rocha, y la directiva se constituyó en Comisión Gestora.

La consulta de la RFEF plantea que ante esta laguna jurídica se haga una "interpretación analógica", ya que sus estatutos prevén que la Comisión Gestora convoque elecciones, aunque solo para el cargo de presidente, y entiende que la Comisión Gestora podría estar facultada para convocar también elecciones a su asamblea general.

Por ello en su reglamento electoral la RFEF ha incluido una precisión respecto a sus estatutos, de forma que la convocatoria electoral pueda hacerla la Comisión Gestora o quien ostente la presidencia de forma interina, cuando el presidente cese por causa distinta a la finalización de su mandato, y pide al CSD que le confirme si esta solución es adecuada.

La propuesta de calendario electoral que maneja la RFEF establece como fecha de inicio del proceso el 15 de marzo. El 26 de abril sería la elección de los miembros de la Asamblea y el 24 de mayo la elección del presidente y la Comisión Delegada.