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el marroquí atizó "con fuerza" el monitor y la gran diferencia con otros casos es que arcediano monescillo lo recogió en el acta

El golpe a la pantalla del VAR le puede costar cuatro partidos a Bouldini

5/02/2024 - 

VALÈNCIA. Mohammed Bouldini se expone a una dura sanción del Comité de Competición después de golpear "con fuerza" la pantalla del VAR tras el pitido final del Espanyol - Levante de este pasado domingo. El delantero perdió los nervios, según recoge el acta arbitral de Arcediano Monescillo, y atizó el monitor enfadado por la polémica del encuentro: el trencilla señaló un penalti por mano de Álex Muñoz en la jugada inmediatamente posterior a otra pena máxima clara de Keita Balde, también por mano dentro del área. 

Tal y como informó Plaza Deportiva este lunes, el árbitro trasladó al presidente del Levante, Pablo Sánchez, cuando este se personó en su vestuario, que él había visto hombro y que desde la sala de videoarbitraje se reafirmaban en tal versión. Y que era ese el motivo por el que no se había detenido el partido para revisar una acción que, en cualquier caso, podría haberse resuelto una vez ya señalada la infracción de Muñoz. Así lo indica el protocolo VAR. 

En cualquier caso, respecto a la reacción de Bouldini, el colegiado manchego escribió en su acta lo siguiente: "Una vez terminado el encuentro, Mohammed Bouldini, mientras se dirigía al túnel de vestuarios, en presencia de mi árbitro asistente nº1, golpeó con fuerza la pantalla del VAR con su mano, no sufriendo esta ningún daño aparente". Y la ira del africano puede costarle cara: hasta cuatro encuentros de castigo si así lo considera Competición en su habitual resolución de los miércoles.

Hay varios caminos. El directo a la acción del jugador es el del artículo 137 del Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol, en su última actualización: "Cuando un jugador, técnico o delegado comenta alguna infracción y resulte objeto de amonestación o expulsión del terreno dejuego, o cuando se produzca cualquier otra incidencia recogida en el acta arbitral, el órgano disciplinario impondrá, respectivamente, la sanción de amonestación o un partido de suspensión salvo que el hecho fuere constitutivo de mayor gravedad". En tal caso, y dado que según el acta Bouldini no vio cartulina alguna -la infracción está recogida en el apartado de incidencias-, cabría arrojar luz sobre la gravedad.

El artículo 105 del mismo documento, sobre conductas contrarias al buen orden deportivo, dicta que, si se tipifica como grave, la sanción puede ser de cuatro a diez partidos. Mientras, si se califica como leve, "incurrirán en suspensión de hasta cuatro partidos o multa hasta 602 euros", refleja el Código Disciplinario en su artículo 129. Por precedentes, es este el que más probabilidad tiene de aplicarse.

La principal diferencia: el acta sí recoge la infracción

Ahora Bouldini tendrá que esperar a conocer cuál es la resolución respecto a una acción de la que también existen precedentes este curso. Fue en Primera División: Iago Aspas golpeó la pantalla del VAR en Balaídos tras una rectificación de penalti en un duelo ante el Sevilla. El gallego quedó sin sanción por un motivo muy concreto: el acta de Hernández Hernández no recogió la acción y la RFEF no puede incluir en sus resoluciones un incidente que no se encuentre recogido por el árbitro, solo porque existan vídeos en redes sociales. Es decir, precisamente el caso contratio al del futbolista del Levante, con quien sí se recoge la infracción vista por el asistente de campo, pero de la que no han trascendido imágenes. 

De esa forma, solo una denuncia de Federación o de La Liga, que se limita a denunciar comportamientos de aficiones en los estadios, hubiera hecho al del Celta objetivo de castigo. La RFEF alegó, por su parte, que no podía denunciar algo que el equipo arbitral no había recogido en el acta y que, por tanto, no había visto. Hay otro precedente que data del Mundial de Catar, cuando el entonces delantero del Valencia, Edinson Cavani, tiró el monitor al suelo tras ser Uruguay eliminada del del campeonato ante Ghana. FIFA sí denunció y el charrñua se perdió un partido, además de obtener multa pecuniaria.

 

Ya hubo sanciones a Felipe Miñambres, José Danvila y Luismi Loro

No sería la primera vez que el órgano resolutivo de primera instancia castiga al Levante. O, en este caso, a sus directivos. El director deportivo, Felipe Miñambres, el consejero delegado, José Danvila, así como Luismi Loro, analista de Javi Calleja, fueron sancionados con una multa de 602 euros en virtud de ese artículo 129. Fue tras el encuentro ante el Leganés en Butarque en que el conjunto valenciano reclamó un gol mal anulado al levantinista Dani Gómez, un penalti cometido sobre él mismo y una falta previa al 2-1 del cuadro pepinero. 

Tal y como recogió el acta del colegiado Milla Alvéndiz, Danvila le espetó que "es una vergüenza" y Miñambres le dijo: "Hoy has decidido que gane el Leganés". En aquel caso, el blanco de un posible castigo deportivo -con cuatro encuentros de suspensión- era Loro, que sin embargo quedó con el mínimo correctivo, debido a la no reincidencia del club -se entiende en derecho deportivo por esta misma temporada- en cuanto a este tipo de actos en cualquiera de las tres personas objeto de la sanción. Las protestas fueron calificadas entonces como leves.

Eso sí, el club se llevaó otra multa, independiente a las generales de Danvila, Miñambres y Loro, por el "incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias", es decir, por bajar al recinto de vestuarios. "La presencia decualquier otra persona (miembros del equipo arbitral, los jugadores inscritos en acta, entrenadores, médicos, fisioterapeutas, ATS, encargados de material y los delegados de los clubes) podrá ser sancionada por el órgano disciplinario correspondiente. Fue ese el motivo de la sanción de otros 400 euros a la entidad granota.

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