Hoy es 8 de octubre
ALICANTE. Este jueves se cumple una semana desde que el Hércules y su Fundación abonaron a la Agencia Tributaria un total de 1.580.435,62 euros, la diferencia entre los 2.000.000 cobrados de Ez Abde el 31 de agosto de 2021 y los 480.000 que el club pagó al fisco el 18 de diciembre de ese año con cargo al citado ingreso correspondiente al importe de la cláusula de rescisión del futbolista hispano-marroquí (por cierto, mediante la disposición de cheques bancarios que habían sido previamente embargados).
El pago de esos 1.580.435,62 euros, comunicado la tarde del jueves 22 al Juzgado de Instrucción número 9 de Alicante, en el que se instruye el 'caso Abde' (por el que el club, su fundación, consejeros y patronos están investigados por un presunto delito de alzamiento de bienes), se llevó a cabo en la sucursal de Caja Rural Central de la alicantina calle Calderón de la Barca por medio del cargo en las cuentas de la Fundación y del Hércules de dos cartas de pago por importe de 1.229.301,45 euros la primera (cargada a las 14:42 horas) y 351.134,17 la segunda (a las 14:44). Como contó Alicante Plaza un día antes, cuando los investigados adelantaron su intención, ese desembolso no era fruto de ningún acuerdo con el fisco en el marco de la instrucción de la citada causa, pero con él buscaban reafirmar su estrategia de defensa: que en ningún caso frustraron la ejecución de los embargos de Hacienda. Que del 'dinero de Abde' se destinaron 480.000 euros a rebajar la deuda histórica con ella y si la suma no fue mayor fue porque el club tenía que cumplir con otras obligaciones fundamentales para su funcionamiento durante la temporada:
Prueba de ello es que ahora que sí cuentan con liquidez realizan el mencionado pago de 1.580.435,62 euros. Un movimiento que, por otro lado, como expresaban los investigados en el escrito presentado el jueves por la tarde en el citado órgano jurisdiccional (acompañado de las ya famosas cartas de pago), no supone reconocimiento de responsabilidad penal alguna por su parte, aunque saben bien que en el caso de una sentencia condenatoria seguramente atenuará la misma (si consiguen que se les aplique la circunstancia atenuante de la responsabilidad penal conocida como "reparación del daño").
Los curioso es que de las citadas cartas de pago, a diferencia de la que se carga en la cuenta del Hércules, que tiene fecha de emisión del 21 de septiembre (los sujetos tributarios pueden generar unilateralmente estos documentos de pago en la página web de la Agencia Tributaria) y es a cuenta de la "autoliquidación del IVA del cuarto trimestre de 2010" (ese es su concepto), la cargada en la cuenta de la Fundación tiene fecha de emisión del 11 de mayo y responde al expediente de derivación de responsabilidad por deudas del Hércules abierto por la Delegación Especial de València contra la Fundación, al considerarla responsable solidario del impago de 1.520.000 euros (la diferencia entre los 2.000.000 'de Abde' y los 480.000 pagados al fisco) protagonizado por el club (algo contra lo que la Fundación alegó en abril sin suerte).
El caso es que al Ministerio Fiscal no parece bastarle la presentación de las mismas (para acreditar que se ha realizado el pago y, especialmente, de cara a considerar que hubo reparación del daño), toda vez que ha solicitado a la magistrada María Luisa Carrascosa que requiera a la Agencia Tributaria que certifique que los mencionados dos pagos se han llevado a cabo (quién y por cuánto). Ahora bien, la instructora no solo ha atendido esa petición, también una segunda de la Fiscalía consistente en reclamar a Caja Rural Central los movimientos entre el 31 de agosto de 2021 (el día en que el Hércules endosa a la Fundación el cheque librado por el Barça, si bien este no se ingresa hasta el 24 de septiembre) y la actualidad de las cuentas que tienen en ella el club y su fundación (en las que se han cargado las citadas dos cartas de pago, lo que permitirá conocer, entre otras cosas, el origen del saldo que lo ha permitido).
Al tiempo, las partes también han sido emplazadas por la magistrada a alegar contra los recursos de reforma presentados la semana pasada contra el auto de incoación de procedimiento abreviado. Los mismos (y las alegaciones de las contrapartes) serán resueltos por la instructora por medio de unos autos que los interesados podrán recurrir en apelación (ante la Audiencia Provincial).