VALÈNCIA. Sánchez Martínez expulsó este martes a Iborra con roja directa en la tangana final del encuentro de Copa del Rey entre el Getafe y el Levante, con el juego detenido y después de que los granotas anotaran por medio de Wesley el gol de la victoria. "Por empujarme estando el juego detenido, en un enfrentamiento colectivo entre los dos equipos", reza el acta del colegiado.
La expulsión por roja directa, según el artículo 56 del Código Disciplinario de la RFEF, mantendrá a Iborra un partido fuera de los terrenos de juego, a falta de que Competición resuelva. Lo redactado en el acta está tipificado como acción grave en el Código Disciplinario, y se presta a una sanción de entre cuatro y doce partidos.
Lo lógico sería que Iborra, en caso de que Competición asuma como grave la infracción, recogiese la mínima de la gravedad, es decir, cuatro encuentros de suspensión. Sin embargo, lo que busca el recursod el Levante es reducir la sanción al carácter leve. Esto es, que no supere los cuatro partidos y, por tanto, el capitán solo haya de cumplir castigo en la misma competición donde fue amonestado. En Copa.
"La suspensión por partidos que sea consecuencia de la comisión de infracciones de carácter leve, implicará la prohibición de alinearse en tantos aquellos partidos como abarque la sanción por el orden en que tengan lugar, aunque por alteración de calendario, aplazamiento, repetición, suspensión u otra cualquiera circunstancia, hubiese variado el preestablecido alcomienzo de la competición, en los partidos de la misma competición en que dicha infracción fue cometida", dicta el artículo 56.