VALÈNCIA. El despacho Jaime Navarro Abogados presentó este lunes en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de València "de conformidad con los arts. 214 y 215 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, demás concordantes y de aplicación "un escrito "de Aclaración, Subsanación o Complemento" para interpelar al juez Juan Luis de la Rúa Navarro, titular de este juzgado por la desestimación de las medidas cautelares que solicitaban la entrada de un administrador judicial en el Valencia CF para hacerse cargo del gobierno del club, tras la demanda que presentó en nombre de un accionista anónimo. Las petición de las medidas cautelares estaba directamente relacionada con el juicio que se celebrará en el mismo juzgado el 21 de septiembre donde se dictará sentencia sobre si la venta en 2014 del Valencia CF a Peter Lim fue nula. De la Rúa tumbó el viernes las medidas cautelares.
El documento, al que ha tenido acceso este periódico, le pide al juez que "aclare, subsane o complemente porqué en el pleito principal de estos autos, si los demandados, incluido el Valencia CF Sociedad Anónima Deportiva (en adelante VCF), pidieron que el referido pleito tenga una cuantía de 100.000.000 euros, y sin ninguna explicación o salvedad alguna; en contra del Plan General de Contabilidad, no ha de efectuar ahora la obligatoria provisión, para hacer frente a la propia cuantía que como demandado suplicó, sin excepción o salvedad alguna. Pues sí se considerará inocente civil de tal demanda, hubiera dicho que no debe ninguna cuantía. Y, por tanto, nada tendría que provisionar".
Jaime Navarro Abogados requieren al juez que, si las pérdidas ordinarias del Valencia CF, según su presidenta Layhoon, referidas al último ejercicio cerrado a fecha de 30-06-22, ascienden a 50.000.000 de euros, tal y como la misma, y voluntariamente, manifestó en rueda de prensa, con fecha de Julio de 2022 ante los principales medios de comunicación, "explique pues, porqué no considera tal manifestación, tan rotunda, tan pública y tan notoria, a efecto de las medidas cautelares que aquí se impetran. O sí considera que tales manifestaciones recogidas al unísono por Valencia Plaza, Las Provincias, Superdeporte, Levante, y Marca, y otros muchos medios, no son ciertas".
Al mismo tiempo, los abogados del demandante le preguntan al magistrado el motivo por el que "omite lo manifestado por nuestro perito Auditor Economista, en la vista de estas medidas cautelares, donde se le explicó, y con reiteración, que sólo únicamente tener 37 millones de euros de pérdidas, al tener el Valencia un capital social de 34 millones de euros, ya estaría en causa de disolución. Lo que es esencial aclare a los efectos de salvaguardar lo que se impetra en esta causa, el petitum de la misma, de conformidad con los arts. 724.2° y 728 de la LEC, demás concordantes y de aplicación. Que especialmente obligan a ese órgano a salvaguardar la solvencia y la productividad de la empresa Valencia, objeto esencial de esta demanda".
Finalmente, piden que Juan de la Rúa explique, debidamente en derecho, "porque ni siquiera valora en su Auto, la medida cautelar, también impetrada, de que se anote el libro registro nominativo de socios del VCF la presente demanda" a efectos de que quede constancia de esta "anomalía" económica para cualquier persona que esté interesada en conocer la situación contable del club.
Los abogados, además, elevan suplica al juez "a la vista de que no ha resuelto, motivado ni razonado nada sobre la petición de Anotación Preventiva de la Demanda en el Libro Registro Nominativo de Socios, del VCF, revoque en consecuencia, cualquier condena en costas, ya que, como se ve, no se ha rechazado siquiera motivadamente cuanto motivadamente sí que se impetraba".
Y reiteran "acerca de la situación presente de urgente, objetiva, indiscutible y obligatoria Disolución, del VCF; cuya integridad empresarial, sin embargo, compete a ese órgano judicial a toda costa imperativamente salvaguardar, en defensa de mi mandante como actor copropietario-accionista de tal empresa, permitiendo asimismo que con ello se proteja el objeto esencial de esta demanda y el Derecho Fundamental de mi mandante a la tutela judicial efectiva, como accionista que del Valencia es".
Mientras tanto, se acerca la fecha del 21 de septiembre donde en el mismo juzgado comenzará a decidirse si la venta del Valencia CF a Meriton Holdings en noviembre de 2014 fue legal. Si el magistrado determina la nulidad de aquella operación de compra venta, esa sentencia marcaría el final del gobierno de Peter Lim en Mestalla.