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El Valencia recurre las sentencias del TSJ que avalan caducar la ATE del Nou Mestalla

27/05/2024 - 

VALÈNCIA. El Valencia ha recurrido ante el Tribunal Supremo las dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunintat (TSJCV) que avalan la caducidad de la Actuación Territorial Estratégica (ATE) del Nou Mestalla a consecuencia de los diversos incumplimientos del club, confirmaron a EFE fuentes del proceso.

Según adelantó Radio Marca, la entidad valenciana ha recurrido la resolución que el pasado 12 de abril avaló la decisión de la Generalitat de no conceder al Valencia una ampliación de los plazos de la ATE del Nou Mestalla así como una segunda resolución que también respaldaba la decisión posterior del Consell de darla por caducada anticipadamente por los incumplimientos del club.

En dos sentencias, el TSJCV confirmaba que el club realizó diversos incumplimientos en este plan urbanístico de 2015 por lo que rechazaba los dos recursos del Valencia y recordó, principalmente, su obligación incumplida de construir en la fase 1 de la ATE un hotel icónico en la parcela del nuevo Ayuntamiento de la Avenida de Aragón.

Ese incumplimiento fue uno de los argumentos de la Conselleria de Economía Sostenible para, en noviembre de 2021, denegar la reorganización y la prórroga de las fases previstas para la ejecución de la ATE que pidió el Valencia y en su sentencia el TSJCV ratificó que el club “incumplió, por causas únicamente imputables a él y no al Ayuntamiento de València” su obligación de construir, “en el improrrogable plazo de tres años”, ese hotel.

Para el Valencia, la sentencia es ”arbitraria” e ”ilógica” puesto que se podrían haber tomado decisiones menos “gravosas” y denuncia la ”desproporcionalidad” de la actuación en una sentencia que da por incumplidas todas las obligaciones asumidas por el club en la Fase II de la ATE, incluida la finalización de las obras del Nou Mestalla y su puesta en marcha, algo que la propia entidad reconoció en un escrito en julio de 2021.

Los magistrados descartaban en la sentencia que esos incumplimientos se debieran a “dilaciones procedimentales” o “inactividad” imputables al Ayuntamiento de València.


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